INDUSTRIA REÚNE A LOS 45 AYUNTAMIENTOS PARA ANALIZAR LAS DIRECTRICES DEL LITORAL Y DE SUELO INDUSTRIAL (2007)

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El consejero de Industria y Medio Ambiente, Benito Mercader, ha reunido hoy, junto al director general de Ordenación del Territorio y Costas, José María Bernabé, a los 45 ayu...

INDUSTRIA REÚNE A LOS 45 AYUNTAMIENTOS PARA ANALIZAR LAS DIRECTRICES DEL LITORAL Y DE SUELO INDUSTRIAL (2007)

El consejero de Industria y Medio Ambiente, Benito Mercader, ha reunido hoy, junto al director general de Ordenación del Territorio y Costas, José María Bernabé, a los 45 ayuntamientos de la Región en la Comisión de Coordinación de Política Territorial con el objetivo de aclarar en las Directrices del Litoral y en las del Suelo Industrial las definiciones relativas a los equipamientos turísticos e industriales, respectivamente, “con el fin de facilitar la gestión urbanística en los ayuntamientos”.

Mercader ha destacado que la interpretación que se está llevando a cabo en relación con la aplicación de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Litoral y también las reguladoras del Suelo Industrial “tiene que definirse para que los ayuntamientos puedan gestionar sus expedientes sin dudar entre lo que es equipamiento turístico o lo que es industrial en ambos instrumentos territoriales”.

Al respecto, ha recordado que las Directrices del Litoral tenían una clara vocación turística pero hay que diferenciarlas de la reserva de suelo industrial, planificado y orientado a resolver las necesidades existentes en esta material. La Resolución de 13 de abril de 2007 de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Costas aclara la definición de equipamientos turísticos e industriales considerados en ambas normas.

La Comisión de Coordinación del Política Territorial, conformada por un total de 17 miembros de las diferentes Administraciones Públicas, también ha conocido el informe sobre el Inventario de Cauces de la Región de Murcia, que se encuentra incluido en la red de escorrentía y cauces de la Región, y cuáles de estos, en función de su importancia, han de conformar el referido Inventario de Cauces a considerar en la ordenación territorial. A este respecto, el artículo 38 de las Directrices y el Plan de Ordenación Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia limita la distancia entre el cauce y cualquier instalación industrial a 200 metros. El citado inventario puede ser consultado en www.sitmurcia.es.

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